Artículo 2
El Artículo 2° de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de Ciudad de México establece:
“Toda la información generada, administrada o en posesión de los sujetos obligados es pública, considera un bien de dominio público, accesible a cualquier persona en los términos y condiciones que establece esta Ley y demás normatividad aplicable.”
Esta sección promueve tu derecho de acceso a la información pública; te da a conocer los temas, documentos y políticas que el Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) está obligado a publicar de conformidad con la Ley.
Te recordamos ejercer tu derecho de acceso a la información a través de la UNIDAD DE TRANSPARENCIA (UT) del TECDMX. La UT te orientará y asesorará en tu derecho de acceso a la información pública del Tribunal Electoral.