Artículo 128 – XIX Voto de mexicanos residentes en el extranjero
XIX. La información sobre votos de mexicanos residentes en el extranjero;
- No aplica (Vínculo)
De conformidad con las funciones y atribuciones contenidas en los artículos 179 y 180 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, este Tribunal, no posee información sobre votos de mexicanos residentes en el extranjero.
Periodo de actualización: Trianual/Sexenal
Fecha de actualización: 01/Ene/2018
Fecha de validación: 05/Ene/2018