Artículo 128 – XIII Validez de elecciones
XIII. Los resultados y declaraciones de validez de las elecciones;
- No aplica (Vínculo)
De conformidad con las funciones y atribuciones contenidas en los artículos 179 y 180 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, este Tribunal, no tiene atribución para dar a conocer los resultados y declaraciones de validez de las elecciones, al ser una atribución del Instituto Electoral de la Ciudad de México.
Periodo de actualización: Trianual/Sexenal
Fecha de actualización: 31/Dic/2017
Fecha de validación: 16/Ene/2018