Artículo 121 – LIII Ubicación de obra pública
LIII. La ubicación de todas las obras públicas, señalando: sector al que pertenece, ubicación, monto asignado y ejercicio; y
- No aplica. (Vínculo)
De conformidad con las funciones y atribuciones contenidas en los artículos 179 y 180 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, el Tribunal Electoral de la Ciudad de México no realiza obras públicas.
Periodo de actualización: Trimestral
Fecha de actualización: 31/Dic/2019
Fecha de validación: 05/Enero/2020
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Artículo:
Artículo 121