Artículo 128 - II División del territorio
II. La geografía y cartografía electoral, contemplando la división del territorio que comprende la Ciudad de México en Distritos Electorales Uninominales y en Demarcaciones Territoriales;
II. La geografía y cartografía electoral, contemplando la división del territorio que comprende la Ciudad de México en Distritos Electorales Uninominales y en Demarcaciones Territoriales;