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Artículo 128 – XXIV Informes

XXIV. Los informes que presenten los partidos políticos, asociaciones y agrupaciones políticas o de ciudadanos.

De conformidad con las funciones y atribuciones contenidas en los artículos 179 y 180 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, en razón de que no es atribución de éste órgano jurisdiccional conocer de la fiscalización de los recursos, así como de los informes que presenten los partidos políticos asociaciones y agrupaciones políticas o de ciudadanos, lo cual es de la competencia del Instituto Electoral de la Ciudad de México de conformidad con los artículos de conformidad con los artículos 36 y 50 del Código referido.

Periodo de actualización: Trimestral

Fecha de actualización: 30/Sep/2018
Fecha de validación: 05/Oct/2018


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